Ayudas
1. REFORESTACIÓN
Fecha Ultima Convocatoria
17.07.2023
Requisitos a cumplir
- Terrenos figuren en el SIGPAC como: pasto arbolado (PA), pasto arbustivo (PR), pastizal (PS), tierras arables (TA), huerta (TH) e improductivos (IM).
- Superficie mínima 5 ha
- Superficie máxima 100 ha
- Superficie mínima continua 2 ha
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Parcelas incluidas en un mismo término o colindantes.
- Trabajos NO ejecutados antes de la aprobación.
- No están subvencionadas las plantaciones de choperas.
- No serán subvencionables de reforestación los terrenos que sustenten arbolado con fracción de cabida cubierta superior al 10% y los terrenos que presenten un regenerado natural de especies forestal arbóreas de más de 2 años, cuando aquél se manifieste viable y su densidad supere las 100 planta/ha
Trabajos subvencionados
- Trabajos de preparación del terreno.
- Adquisición de planta.
- Adquisición de tutores o protectores.
- Trabajos de plantación.
- Mantenimiento durante los 5 años siguientes.



2. PREVENCIÓN
Fecha Ultima Convocatoria
09.12.21
Requisitos a cumplir
- Ejecución de los trabajos durante los 5 años siguientes de la aprobación.
- Superficie mínima para los 5 años 25 ha
- Superficie mínima continua 1 ha
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Trabajos NO ejecutados antes de la aprobación.
Actuaciones subvencionadas
- Gradeos, desbroces, clareos, apilados, eliminación de restos (trituración).
- Señalización de claras.
- Apertura y conservación de cortafuegos.
- Construcción y conservación de pistas.
- Construcción de depósitos (>50.000 I.)
- Instalaciones de pasos de agua
- Redacción del plan técnico (donde se recoge los trabajos subvencionados para las 5 anualidades)
Criterios de priorización
- Pertenencia a la Asociación Forestal de Zamora
- Repoblaciones ejecutadas con la ayuda de reforestación, siempre y cuando no se esté cobrando prima compensatoria, o el 2021 el último año que se perciba.
- Agrupación de titulares, excepto cuando se esté en régimen de proindiviso, que se considera como un único titular.
- Superficie continua de actuación.
- Terrenos que cuenten con un plan de gestión forestal aprobado y en vigor.
- Zona declarada como de alto riesgo de incendio.
- Terrenos localizados dentro de Espacios Naturales Protegidos, Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica, de la Cigüeña Negra o del Oso Pardo, y Área Red Natura 2000
3. SILVOPASTORALES
Fecha Ultima Convocatoria
22.12.2021
Requisitos a cumplir
- Para solicitudes de agrupación de titulares y entidades locales con aprovechamiento colectivo de pastos la superficie mínima es de 15 ha y 65 UGM
- Para solicitudes con un único titular la superficie mínima es de 10 ha y 35 UGM
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Trabajos NO ejecutados antes de la aprobación.
Actuaciones subvencionadas
- Para solicitudes de agrupación de titulares y entidades locales la superficie mínima para desbroces es de 15 ha
- Para solicitudes con un único titular la superficie mínima para desbroces es de 10 ha
- Cerramientos ganaderos o reparación.
- Mangas ganaderas.
- Abrevaderos.
- Charcas.
- Puntos de agua.
- Pasos canadienses.
- Implantación y mejora de pastizales.
- Resolveos.
- Protectores para la densificación del arbolado.
- Redacción del plan técnico (donde se recoge los trabajos subvencionados para las 5 anualidades)
Criterios de priorización
- Pertenencia a la Asociación Forestal de Zamora
- Titular de explotación con consideración de agricultor a título principal o explotación prioritaria
- Agrupación de titulares con al menos el 50% de sus miembros agricultores a título principal.
- Clasificación de raza autóctona de al menos el 50% de la cabaña ganadera.
- Titular de explotación con registro en el CACYL.
- Zona declarada como de alto riesgo de incendio
- Disponibilidad durante las 5 anualidades, y a fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda, de un seguro que incluya daños producidos por lobos.
- Terrenos localizados dentro de Espacios Naturales Protegidos, Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica, de la Cigüeña Negra o del Oso Pardo, y Área Red Natura 2000
- Integración laboral de personas con discapacidad.




4. PRODUCTIVAS
Fecha Ultima Convocatoria
13.02.2024
Requisitos a cumplir
- Para solicitudes de agrupación de titulares y entidades locales con aprovechamiento colectivo de pastos la superficie mínima es de 15 ha y 65 UGM
- Para solicitudes con un único titular la superficie mínima es de 10 ha y 35 UGM
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Trabajos NO ejecutados antes de la aprobación.
Actuaciones subvencionadas
- Para solicitudes de agrupación de titulares y entidades locales la superficie mínima para desbroces es de 15 ha
- Para solicitudes con un único titular la superficie mínima para desbroces es de 10 ha
- Cerramientos ganaderos o reparación.
- Mangas ganaderas.
- Abrevaderos.
- Charcas.
- Puntos de agua.
- Pasos canadienses.
- Implantación y mejora de pastizales.
- Resolveos.
- Protectores para la densificación del arbolado.
- Redacción del plan técnico (donde se recoge los trabajos subvencionados para las 5 anualidades)
Criterios de priorización
- Pertenencia a la Asociación Forestal de Zamora
- Titular de explotación con consideración de agricultor a título principal o explotación prioritaria
- Agrupación de titulares con al menos el 50% de sus miembros agricultores a título principal.
- Clasificación de raza autóctona de al menos el 50% de la cabaña ganadera.
- Titular de explotación con registro en el CACYL.
- Zona declarada como de alto riesgo de incendio
- Disponibilidad durante las 5 anualidades, y a fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda, de un seguro que incluya daños producidos por lobos.
- Terrenos localizados dentro de Espacios Naturales Protegidos, Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica, de la Cigüeña Negra o del Oso Pardo, y Área Red Natura 2000
- Integración laboral de personas con discapacidad.
5. RESTAURACIÓN
Fecha Ultima convocatoria
15.03.24
Requisitos a cumplir
- Superficie mínima 15 ha
- Superficie mínima continua 1 ha
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Parcelas incluidas en un mismo término o colindantes.
- Terrenos figuren en el SIGPAC como: pasto arbolado (PA), pasto arbustivo (PR), pastizal (PS), improductivos (IM), matorral (MT), caminos (CA) o forestal (FO).
- Trabajos NO ejecutados antes de la aprobación.
Actuaciones subvencionadas
(+/- el 65% del coste real de la obra)
- Actuaciones previas a la restauración: desbroce, corta de arbolado quemado, recogida y eliminación de restos, control de la erosión.
- Restauración de la vegetación: planta, plantación y protectores.
- Infraestructuras forestales, construcción o reparación de: cortafuegos, puntos de agua, pistas forestales, pasos de agua y cerramientos.
- Mantenimiento durante los 5 años siguientes a la certificación.
- Redacción del plan técnico.


6. PG
Fecha Ultima convocatoria
30.10.2025
Requisitos a cumplir
- Superficie mínima de 5 ha., cuando la especie principal sea Populus sp. de producción.
- Superficie mínima de 50 ha., con un mínimo de 25 ha continuas, para el resto de especies.
- Superficie mínima continua de 1 ha
- Posibilidad de agrupación de parcelas, de un mismo propietario o diferentes.
- Terrenos figuren en el SIGPAC como: pasto arbolado (PA), pasto arbustivo (PR), pastizal (PS), improductivo (IM), matorral (MT), caminos (CA) o forestal (FO).
Actuaciones subvencionadas
- Elaboración o revisión de proyectos de ordenación.
- Elaboración o revisión de planes dasocráticos.
Beneficios de contar con un plan de gestión forestal
- Fiscal IRPF
- Exención para las subvenciones forestales concedidas a quienes exploten fincas forestales gestionadas de acuerdo con planes técnicos de gestión forestal, ordenación de montes, planes dasocráticos o planes de repoblación forestal aprobados por la JCyL, siempre que el periodo de producción medio sea igual o superior a 20 años (disposición adicional cuarta de la Ley del IRPF).
- Tributario IBI
- Exención permanente, no siendo necesario el disponer de un PGF, para los montes repoblados con especies de crecimiento lento cuyo principal aprovechamiento sea el forestal.
- Se recomienda el realizar comunicación, o solicitud, escrita al ayuntamiento correspondiente.
- Se consideran especies de crecimiento lento las citadas en los Anexos 1, 2 y 3 del Real Decreto de 2 de febrero de 1996 sobre repoblación forestal (pino, encina, roble, alcornoque, castaño, nogal, fresno, serbal, etc.)
- Exención temporal, durante un periodo de 15 años desde el siguiente a su solicitud, para los montes no poblados de especies de crecimiento lento que sean o repoblaciones, o regeneración de montes con PGF aprobados por la JCyL.
- Se recomienda el realizar comunicación, o solicitud, escrita al ayuntamiento correspondiente.
- Ayudas forestales JCyL
- Aquellos montes con PFG aprobado por la JCyL tienen prioridad en la concesión de ayudas, siempre que las actuaciones solicitadas estén recogidas en dicho plan.
- Una vez que se tiene el plan de gestión forestal aprobado por la JCyL, el propietario puede optar al sello de CERTIFICACIÓN FORESTAL.
- La certificación forestal es un proceso voluntario en el que un organismo independiente evalúa la calidad de las gestiones y la productividad forestal.
- Los propietarios interesados en adherirse a un sello de certificación forestal pueden contactar con la Asociación Forestal de Zamora para más información.
7. INVERSIONES
Fecha Ultima convocatoria
31.03.2025
Requisitos a cumplir
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden las personas jurídicas que tengan la condición de sujeto pasivo del impuesto sobre sociedades o del impuesto equivalente en otros estados miembros de la Unión Europea y que sean empresas privadas que tengan la condición de PYME y dedicadas a aprovechamientos, trabajos y servicios forestales o dedicadas a la primera transformación de productos forestales. Además, las industrias deberán estar ubicadas como máximo a 50 km de distancia de un monte.
- No podrán ser beneficiarios las administraciones públicas o las sociedades participadas por ellas.
- No podrán ser beneficiarios las empresas en crisis
- No podrán ser beneficiarios las sociedades en proceso de constitución.
- No podrán ser beneficiarios las personas jurídicas dispuestas en paraísos fiscales.
Actuaciones subvencionadas
- Inversiones tecnológicas forestales, en transformación, movilización y comercialización de productos forestales derivados de:
- Operaciones anteriores a la transformación industrial de la madera.
- Operaciones relacionadas con la utilización de otros productos forestales distintos de la madera antes de su transformación industrial.
- Compra de mecanización:
- Arrastradores, autocargadores, procesadoras, tractores forestales, taladora, tractocargadores, vibradoras de piñas, autopropulsadas, aperos para vibración de piña y otra maquinaria de uso forestal.
- Grúas forestales sobre camiones o sobre maquinaria foresta.
- Astilladoras, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa forestal.
- Desbrozadoras de cadenas o martillos, trituradoras de restos y demás maquinaria relacionada con el tratamiento de restos forestales.
- Equipamientos o aperos de uso exclusivamente forestal para su instalación en maquinaria especifica o para la adaptación de otro tipo de maquinaria, debiendo ser esta propiedad del solicitante.
- Compra de maquinaria y equipos para la industria forestal no alimentaria de primera transformación:
- Maquinaria de primera transformación destinada a la obtención de productos de mayor valor añadido basados en la madera o que permitan abrir nuevas líneas de negocio a la empresa, como descortezadoras, canteadoras, retestadoras, tronzadoras, secaderos, maquinaria de transporte interno, aprovechamiento subproductos, básculas de pesaje, cintas transportadoras y carros de serrado.
- Equipos no portátiles y maquinaria fija destinados a la clasificación automática de la madera.
- Maquinaria de primera transformación para el procesamiento de la biomasa forestal.
- Maquinaria de primera transformación para el procesamiento de productos forestales no maderables.



8. RESINA
Fecha Ultima convocatoria
07.08.2023
9. CPI
El Código Personal de Identificación (CPI) es un número asignado por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la JCyL que identifica de forma única a cada beneficiario. Permite realizar consultas y trámites telemáticos de sus explotaciones, expedientes o trámites.
En el caso de que no tenga el código personal de identificación, o no lo recuerde, puede obtenerlo de dos formas:
1. Contactando, o acudiendo, a una de las SECCIONES COMARCALES AGRARIAS más cercanas para que le generen un código personal de identificación
| Zamora | Cl. Prado Tuerto, 17 | 49019 Zamora | 980 547 300 |
| Alcañices | Ctra. Rabanales, s/n | 49500 Alcañices (Zamora) | 980 680 033 |
| Benavente | Cl. Ronda del Cabildo, 2 – 2º | 49600 Benavente (Zamora) | 980 635 133 |
| Puebla de Sanabria | Cl. Candanedo, s/n | 49300 Puebla de Sanabria (Zamora) | 980 620 162 |
| Toro | Cl. Concepción, 1 – 1º | 49800 Toro (Zamora) | 980 690 230 |
2. Si dispone de certificado electrónico o DNI electrónico, puede obtener el código personal de identificación accediendo como particular a:
- https://ayg.jcyl.es/
- Seleccionar: inicio/utilidades/general código personal de identificación
- Se mostrará su NIF
- Pinchas en “generar”
